La educación superior en la provincia de Catamarca en tiempos de pandemia
normativas que regularon su continuidad pedagógica
DOI:
https://doi.org/10.35305/rece.v2i17.720Palabras clave:
Política educativa, Nivel Superior, Pandemia, Educación, Continuidad pedagógicaResumen
En el presente trabajo se abordarán algunas de las políticas educativas que se definieron para la Educación Superior No Universitaria en la provincia de Catamarca en el año 2020, período en el que el país fuera azotado por la pandemia causada por el Covid- 19, lo cual obligó a que el servicio educativo se llevara a cabo a través de la mediación tecnológica en todos los niveles del sistema. En lo extensivo del texto se buscará exponer algunas de las políticas educativas definidas por la nación y la provincia para el Nivel Superior No Universitario, las que, en el caso de las medidas provinciales, acompañaron y acataron las disposiciones tomadas a nivel federal. Desde la descripción y el análisis se buscará mostrar de qué modo desde la política educativa, se buscó organizar la educación y propiciar la continuidad pedagógica del servicio educativo en los Institutos Superiores. Las medidas establecidas para el sistema formador, se fueron definiendo y poniendo en marcha según evolucionaba el cuadro epidemiológico en la provincia, no disponiéndose de experiencia ni de un marco normativo previo, sobre el cual respaldar las medidas ensayadas.
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Citas
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Resolución Nº430 de 2020. [Ministerio de Educación de Catamarca]. Establecer el reemplazo transitorio de la normativa que regula el Nivel Superior en relación a los Institutos de Educación Superior dependientes de la Dirección Provincial de Educación Superior. Aprobar la “Reorganización de la Agenda Escolar del Nivel Superior para el ciclo lectivo 2020…”que se consigna en el anexo I, aprobar el “Documento Orientador Marco y Lineamientos Generales para la elaboración del Reglamento de Seguridad Sanitario y Pedagógico” que se consigna en el anexo II, aprobar la “Adecuación del Sistema de Evaluación y Acreditación de Unidades
Curriculares en las Carreras de Nivel Superior” que se consigna en anexo III, aprobar las “Orientaciones Marco para la Evaluación en instancias de Exámenes Finales en Tiempos de Pandemia” que se consignan en el anexo IV, aprobar las “Orientaciones para el desarrollo de las prácticas profesionales Docentes en tiempos de Pandemia (2020)” que se consignan un anexo V, y aprobar las “Orientaciones Marco para la Cobertura de Horas
Cátedras en el Nivel Superior”. 07 de agosto de 2020.
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