Problems in the dissemination of educational
data and the treatment of its condentiality in
Argentina
Problemáticas en la difusión
de datos educativos.
El tratamiento de su
condencialidad en Argentina1
Resumen
El artículo propone evaluar la modalidad de publicación
de datos de la Secretaría de Evaluación e Información
Educativa del Ministerio de Educación de la Nación de

alcanzados por la misma, a partir de la revisión de
resoluciones de reclamos de acceso a la información
pública y de un análisis del esquema de protección que
el Ministerio aplica sobre la información publicada.
Como principales resultados se destaca un escenario de
sobreprotección de los datos –en términos de excluir
del acceso a información pública relevante a expertos
y al público en general– combinada con una llamativa
debilidad del esquema de protección, que no sigue
ningún estándar probado y que expone la información
     
investigación puede facilitar ejercicios comparativos
entre países de la región con el propósito de enriquecerse
de las experiencias de cada uno, aprender de sus errores
y sugerir caminos de mejora para la puesta a disposición
de información educativa.
Palabras clave:Información educativa, gobierno
abierto, condencialidad, conabilidad,
accesibilidad.
Abstract
The article evaluates how data is published by the Se-
cretaría de Evaluación e Información Educativa of the
Ministerio de Educación de la Nación in Argentina.
The accessibility and reliability are examined, based on
the review of resolutions of claims for access to public
information and an analysis of the protection scheme
that the Ministerio applies on the published informa-
tion. The main results highlight a scenario of overpro-
tection of data –in terms of excluding experts and the
general public from access to relevant public informa-
tion– combined with a striking weakness of the protec-
tion scheme, which does not follow any proven stan-

in an unrestricted manner. This research can facilitate
comparative exercises between countries in the region
with the purpose of enriching each other’s experiences,
learning from their mistakes and suggesting paths for
improvement in making educational information avai-
lable.
Keywords: Educational information, open govern-

Pablo de Grande
pablodg@gmail.com
http://orcid.org/0000-0003-1245-1573
Universidad del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Instituto de Estudios Histórico Sociales
(IEHS-IGEHCS); CONICET, Argentina
100
Introducción
La educación pública en Argentina vive una cri-
sis crónica: mientras que los salarios docentes son
     
cronista, 2023; Guadagni, 2018), la opinión ne-
gativa sobre la situación de la educación es mayo-
      
2023) y las evaluaciones sobre el rendimiento es-

Estos fenómenos ocurren a la par de infructuosos
esfuerzos para mejorar la terminalidad en el nivel
-
miento del foco en este nivel de lo ‘pedagógico’ a

Este estado de cosas amplía las desigualdades
existentes entre quienes acceden al sistema de
educación estatal y quienes acceden a estableci-
mientos de gestión privada. Según los informes
de resultados de pruebas estandarizadas del año
2022, en el nivel primario 76,1% de los niños en
establecimientos de educación privada alcanzaron
niveles satisfactorios y avanzados en matemática,
mientras que solamente el 51,2% lograron esos
    
     
2023b, p. 106)².
En este contexto, la necesidad de diagnósticos
que ayuden a la comprensión de estas problemá-
ticas es por demás evidente. Su persistencia en el
tiempo, unida al carácter estratégico del desarrollo
de la educación para la recuperación social y eco-
nómica del país, conducen a poner el foco en la
información con que cuentan quienes gestionan,
investigan y se interesan en la educación y sus po-
sibilidades de mejora.
Este artículo indaga en el problema del acceso
a la información educativa en Argentina, buscan-
do poner en cuestión tanto el aspecto restrictivo

de Educación a facilitar información educativa)
como la modalidad en que dichas restricciones se
refuerzan.
Para esto, se hará en primer lugar una síntesis
de la situación de la información educativa en la
Argentina, considerando su marco normativo y
las limitaciones existentes en el acceso. En segun-
do lugar será analizada, dentro de ese contexto,
la modalidad utilizada por la Secretaría de Eva-
luación e Información Educativa del Gobierno
Nacional para el resguardo de la privacidad en la
publicación de datos, mostrando las debilidades
técnicas de esta estrategia. Finalmente, se reto-
man las preocupaciones iniciales para hacer una
síntesis de los problemas encontrados en la acce-
sibilidad (poco acceso) y en la conabilidad (nula
protección) de la información educativa.
101
Desarrollo
Marco legal para la publicación de datos edu-
cativos en Argentina
La publicación de datos educativos en estableci-
mientos estatales debe atender a la necesidad de
transparencia y monitoreo de la gestión pública,
resguardando en el proceso la privacidad de sus
-
gentina, el marco legal que la regula es complejo y
parcialmente contradictorio.
Por un lado, la Ley 27.275 de Acceso a la In-
formación Pública, sancionada en 2016, establece
el principio de “transparencia activa”, que obliga a
los organismos estatales a facilitar el acceso a la in-
formación que producen y de que disponen. Por
otro lado, la Ley 17.622 de Estadísticas y Censos,
-

estadísticos, a la vez que la Ley 26.206 de Educa-
ción Nacional, del año 2006, establece criterios
particulares para la publicación de resultados de
evaluaciones.
En este contexto, Argentina enfrenta desafíos
-
formación educativa. A diferencia de otros países
de la región, carece de un sistema de información
que permita realizar un seguimiento de las tra-

2021). Adicionalmente, la información disponi-
ble sobre las escuelas es limitada, ya que se publica
  


      -
siones. Por un lado, la Secretaría de Evaluación e
Información Educativa del Ministerio de Educa-
ción aplica criterios de protección de privacidad
-
nentes para proteger a personas individuales, al
Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
aplicarse sobre establecimientos —y en particular
sobre aquellos de gestión pública— da por resulta-
do volver opaco el funcionamiento del Estado en la
provisión de servicios educativos. Sorprende en este
aspecto que, al considerar el grado de desagregación
con que facilita la información, la Secretaría de Eva-
luación e Información Educativa no distinga entre
-
to debe someterse a escrutinio abierto, por gestio-
narse plenamente con fondos públicos) respecto de
-

de su actividad).
Por otro lado, si bien la publicación de datos con
resguardo de privacidad en el contexto internacio-
nal se apoya en discusiones y saberes de varias dé-
  
-
cativa de Argentina de manera sorprendentemente
rudimentaria.
Sobre este último punto, cabe señalar que los
estándares internacionales en esta área enfatizan
la importancia de encontrar un equilibrio entre la
preservación de la privacidad y el aprovechamiento
del conocimiento que puede derivarse de los datos.
Esto implica no solo publicar resultados tabulados,
sino también dar acceso a los registros subyacentes,
      
2010).
Sin embargo, las prácticas actuales de la Secreta-
ría de Evaluación e Información Educativa perma-
necen alejadas de estos estándares. La estrategia ba-

identidad de las escuelas, como detalla más adelante
este artículo, falla en garantizar su anonimización, a
la vez que impide un razonable equilibrio entre acce-
sibilidad y protección de la privacidad.
Planteamiento del problema
La publicación de bases de datos educativas de al-
cance nacional en el país se realiza principalmente
por medio de cuatro instrumentos de publicación
periódica: el padrón de establecimientos educativos
     
por nombre y algunos atributos generales), el mapa
     -
-

Problemáticas en la difusión de datos educativos
102
alumnos, docentes, secciones, instalaciones, entre
otros), y los resultados de las pruebas estandarizadas

Evaluación).
El mapa educativo y el padrón de escuelas
incluyen el nombre de cada establecimiento y su có-

es sencillo vincular elementos de un listado con el
otro. Sin embargo, las evaluaciones educativas y los

la totalidad de la información publicada) son ano-
nimizadas para su publicación. En consecuencia, si
bien se publican sus microdatos, los mismos no pue-
den vincularse ni con la escuela que describen, ni
tampoco con niveles administrativos básicos como
el distritito escolar, el municipio o el departamento
de pertenencia. En estos dos conjuntos de datos en

-
dor “enmascarado” llamado “Id de fantasía”.
Tal como señala la bibliografía especializada, la
discontinuidad existente entre las cuatro fuentes de

2022). Los establecimientos actuales pueden listar-

Los relevamientos y las evaluaciones no pueden ni
agruparse por niveles administrativos subprovincia-
      
con datos censales a través de su ubicación espacial
para producir diagnósticos territorializados o rela-
cionando las condiciones socioeconómicas y demo-

En junio de 2023, 64 organizaciones junto a 53
expertos en investigación educativa presentaron una
solicitud al Ministerio de Educación para que hi-
ciera pública información educativa básica del país
-
tamental/municipal, apoyándose en las normativas
de acceso a la información pública vigentes y en la
imperiosa necesidad de progresar en los análisis de
nuestra realidad educativa. El Ministerio se negó a
facilitar la información, citando al pasaje de la ley

que “los datos deberán ser suministrados y publica-
dos, exclusivamente en compilaciones de conjunto,
de modo que no pueda ser violado el secreto comer-
cial o patrimonial, ni individualizarse las personas o

Al restringir el acceso a la información de escuelas
de gestión pública, el Ministerio considera que debe
aplicar la misma protección para estos estableci-
mientos estatales que la prevista en la ley para prote-
ger a persona particulares de cara a un relevamiento

Esta disposición pone en evidencia la incapa-
-
tiones de diferente signo político) de reconocer el
enorme problema que su modalidad de publicación
de datos representa para la comunidad de usuarios
     
otro modo, pondría a disposición canales para que
la información educativa sea accedida. Entre ellos,
podrían existir —además de una revisión integral
de la interpretación del cuerpo legal que aplica—
      

comprometan a los receptores a no publicar infor-
mación por debajo de cierto nivel de desagregación);
apertura a realizar procesamientos por solicitud de
usuarios; circuitos para acreditar el acceso a herra-
mientas de consulta avanzadas a especialistas; pu-

utilizado por el Instituto de Estadísticas y Censos);
entre otros.
La imposibilidad de consistir la información
-
co-administrativas, y la recurrente negativa de la Se-
cretaría de Evaluación e Información Educativa del
Ministerio de Educación a responder a solicitudes
de pedidos de información en aspectos tan elemen-
tales como la cantidad de alumnos, docentes o aulas,
abre interrogantes cuya discusión parece necesaria.
Por un lado, ¿es adecuado el volumen de infor-
       
del relevamiento anual de escuelas, se trata de 763
atributos por establecimiento considerados, en su

estandarizadas, abarca desde el rendimiento en ma-
temáticas y lengua, hasta las preguntas de opinión
hechas a los estudiantes en el cuestionario de cará-
tula.
Esta primera pregunta será abordada en este
artículo por medio del análisis de resoluciones de
la Agencia de Acceso a la Información Pública, las
cuales muestran que el Ministerio se encuentra en
contradicción con la normativa y la jurisprudencia
103
vigentes, las cuales propician un equilibrio entre la

bien diferente al sostenido por el Ministerio.
En segundo lugar, para dar integralidad al análi-
sis emprendido, cabe preguntarse —en caso de que
-
cial— si es adecuado el modo en que se protege. La
estrategia sostenida para los datos del período 2012-
2022 es distribuir los microdatos acompañados de
    
Sobre esta segunda pregunta, el artículo realiza un
análisis al tipo de protección que se ofrece, arri-
bando a la conclusión de que no se utiliza ningún
      
información de manera efectiva, por lo que parece
necesaria una intervención de importancia si existie-

El acceso a la información pública educativa
En septiembre de 2016 se sancionó en Argentina la
Ley 27.275 de acceso a la información pública. Esta
ley vino a cubrir un vacío en términos de derechos
y procedimientos que regularan y garantizaran la
transparencia en la gestión de la actividad estatal y
de gobierno, creándose a partir de ella la Agencia de
Acceso a la Información Pública, ente autárquico en
el ámbito del Poder Ejecutivo de la Nación que ga-
rantiza el ejercicio del derecho a la información en el

Esta ley representó un hito en la legislación ar-
gentina y en las prácticas respecto de la información
estatal en el país, en cuanto establece como princi-
pio gubernativo la “transparencia activa”, teniendo
como objetivo la máxima accesibilidad a la informa-
ción producida o en poder del estado.
Gracias a su implementación, cada área de go-
bierno posee responsables de facilitar respuestas a
los pedidos de acceso a la información pública, sien-
do la Agencia de Acceso a la Información Pública el
organismo que, en los casos de denegación, interce-
de para garantizar el derecho al acceso a la informa-
ción pública.
Esta agencia, en los casos en que el sujeto obli-
gado niega la información, solicita a ambas partes
amplíen sus fundamentos, se expide y publica sus
resoluciones. Estas son públicas, lo que permite
consultarlas y trabajar sobre su contenido.

Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
la Secretaría de Evaluación e Información Educati-
va del Ministerio de Educación de la Nación niega
indebidamente:
pedidos de información sobre la matrícula

pedidos de información sobre la cantidad de sec-

resultados de evaluaciones educativas desagrega-
das a nivel subprovincial.
La Agencia de Acceso a la Información Pública
-
nes que ponen en evidencia cómo este comporta-
miento se encuentra reñido con el derecho vigente

estas consideraciones.
En las resoluciones de la AAIP se señala que la
Secretaría de Evaluación e Información Educativa
    
     
estadísticos. Para hacerlo, es preciso que o bien la
información sea tomada a terceros exclusivamente

reserva), o bien sea parte del plan anual de estadísti-

indicación de la autoridad que coordina el Servicio
       

     
que el Ministerio evoca en varias de sus denegacio-
nes, la AAIP responde que no es comprensible que
el Ministerio niegue pedidos de información sobre
datos que al mismo tiempo difunde sin protección.
En este sentido, si los resultados de una evaluación

que al mismo tiempo la SEIE dé acceso a ellos en

como lo hace) tanto al personal educativo a como
sujetos ajenos a las instituciones, sin aplicar al hacer-
lo ninguna de las salvaguardas que legalmente caben

-
nisterio al comportarse de esta manera, pero no es


puede difundirse a ninguna escala pública).
       

de Educación Nacional 26.206 sobre la estigmatiza-
104
ción al que la Secretaría de Evaluación e Informa-
-
tiene que no debe apelarse a elementos normativos
aislados sin realizar una interpretación de conjunto
       
que para la correcta aplicación de las regulaciones
vigentes debe realizarse en todos los casos una lec-
tura armónica del cuerpo normativo, que considere
en este caso la nueva legislación referida al acceso a la

expresa que la existencia de la Ley 27.275 obliga a
una relectura de las demás normativas, de modo que
las antiguas regulaciones, incluso si vigentes, no ha-
gan abstracta la sanción de las nuevas disposiciones.
-
-
cuación armoniosa de la normativa preexistente), en

Suprema de Justicia de la Nación estableció que
-
sión o mantener en reserva información pública, el
criterio a seguir debe ser que “en la ponderación de
       
debe prevalecer el principio de máxima divulgación

también Aveldaño et al., 2016).
Adicionalmente, sobre la cuestión de la proble-
mática de la estigmatización de las entidades edu-
cativas, la AAIP indica que la mera especulación
acerca de la estigmatización que la publicación de


información pública. Y en particular, expresa que
“la experiencia demuestra que la estigmatización de
las instituciones educativas ya existe en la actualidad
y no es producto de políticas de transparencia, bien
ausentes hasta ahora, sino de una marcada desigual-

que:
      
de información referida al desempeño edu-
cativo a nivel de cada institución podría es-
   
abstracta y especulativa que resulta, sino
además porque el daño que se procura evi-
Problemáticas en la difusión de datos educativos



A pesar de la fuerza de estos argumentos, cabe
señalar que la AAIP se pronuncia siempre en el
marco de pedidos individuales, por lo que las de-
pendencias estatales —si bien podrían tomar las re-
soluciones previas de las AAIP como antecedentes
relevantes— con frecuencia persisten en rechazar
pedidos con argumentos largamente cuestionados
por la Agencia de Acceso a la Información Pública.
Parece necesario aquí que se produzca un diálo-
go entre los agentes estatales que pueda gestar una
conformidad de criterios entre el ente rector de la
       
AAIP) y, en este caso, la Secretaría de Evaluación e
Información Educativa del Ministerio de Educación

Educación parece un espacio adecuado para este
tipo de diálogo, a la luz de que existen posturas hete-
rogéneas al interior del país. Como caso emblemáti-
co de este diálogo pendiente sobre apertura de datos

cual concentra cerca del 25% de los establecimientos
educativos del país, publica en su Mapa Educativo la
matrícula de alumnos por escuela, la misma que el
-

Tal como se detalló anteriormente, este artículo
busca cubrir dos aspectos de la publicación de datos
-
dad atribuido a la información, y la forma en que
 -
dimos ver cómo, según el ente encargado de dirimir
en cuestiones de apertura de datos, existe una sobre-
denegación de datos educativos. A continuación,
pondremos atención en cómo se ejerce esta sobre-
protección de datos, para evaluar su efectividad y su
rigurosidad de la misma.
Fiabilidad del esquema de protección de datos
Analizar el esquema de protección basado en la uti-
-

Educación) supone evaluar en qué medida dichos
105

los potenciales usuarios de la información no pue-
  
caso, establecimientos educativos).
En la documentación que acompaña la publi-
cación de los datos del Ministerio de Educación, se
indica: “Como se menciona en la presentación de
este documento, si bien la información se presenta
-


En la medida en que no se indica de qué manera
se enmascara esa información, emerge la preocupa-
-
dad) es el esquema seleccionado.
Para esto, analizaremos a partir de los listados de
-
res de fantasía qué tan posible es “deducir” el valor
de uno a partir del otro. Las dos primeras hipótesis
a considerar, son:
-
maran una lista de números aleatorios, por lo que
existiría una tabla de correspondencia secreta entre
-
ginales.
       
resultado de una transformación de los cueanexo
originales.
Para validar estas hipótesis, se obtuvieron del
sitio web del Ministerio una base de datos con el
-

partir del Padrón de Establecimientos— se obtuvo
otro listado con el conjunto de escuelas de la Ciu-

de ambos listados, se procedió a realizar un análisis
de sus características generales y de las relaciones en-
tre ellos, que se presenta a continuación.
1. Análisis de las características de los cueanexo

caracteres numéricos, de nueve cifras de longitud

del país, pudo observarse que los dos primeros dí-
      -

Los dos últimos dígitos del cueanexo son utili-

Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
tener un establecimiento. La sede principal tiene 00

etc.
2. Análisis de las características de los identi-
cadores de fantasía

se trata de elementos compuestos por caracteres ex-
 
los mismos es de quince dígitos, y no es posible reco-
nocer a primera vista la presencia de la jurisdicción
en la formación del número. Al examinar el listado
 -
ción de la parte inicial en su continuación. El primer
Id listado tiene una primera parte ‘100502000’, para
luego repetirse ‘100502’ hasta alcanzar los quince
-

repetición de un mismo número de longitud más
corta, hasta alcanzar los 15 dígitos.
Tabla 1.
Selección de cueanexos e identicadores de fantasía
de la Ciudad de Buenos Aires (jurisdicción 02)
 
dígitos)
020000100 100502000100502
020000200 100055200010005
020000300 100555200010055
020000500 100151520001001
020000700 100202020001002
020000800 100252520001002
 100353520001003
020001000 100454520001004
Elab. propia en base a Ids de fantasía de base usua-

y Cueanexos provenientes del Mapa Educativo.
3. Análisis de frecuencias
Un paso elemental en un análisis criptográfico
consiste en revisar la frecuencia con la que apare-
cen los signos en los mensajes. En nuestro caso, el
análisis de frecuencias tiene la finalidad de ayu-
dar a establecer qué tan probable es la hipótesis
106
de que los “Id de fantasía” se construyan en for-
ma aleatoria, guardándose la tabla de correspon-
dencia entre ellos y los cueanexos en forma pri-

evaluar si el enmascaramiento realizado utiliza
un algoritmo seguro de hashing o de encripta-
ción, los cuales garantizan una distribución ho-
      

Si observamos las frecuencias del primer con-
junto de identificadores de establecimientos de

la frecuencia del valor cero es muy superior a
todos los demás dígitos, siendo 155 de los 330
      
muestra una frecuencia mayor que los demás
     
listado de números provenga de una producción
aleatoria o de una codificación que utilice algo-
ritmos conocidos de hashing o de encriptación.
Tabla 2.
Identificadores de Fantasía de la Ciudad de Bue-
nos Aires (jurisdicción: 02)
Problemáticas en la difusión de datos educativos
Elab. propia en base a identificadores de fantasía
en base usuaria del Relevamiento Anual de Es-

Este hecho permite suponer, tentativamente,
que la secuencia de números de la que derivan los
“Identificadores de fantasía” no constituye una
tabla de números aleatorios creada para ese fin.
Por esta razón, podemos provisoriamente aceptar
que son un producto transformado del corres-
pondiente cueanexo, y avanzar en la pregunta:

4. Longitud efectiva del Identificador de fan-
tasía
Al observar la tabla de identificadores de fan-
tasía, se advierte —como se detalló anteriormen-
te— que los identificadores de fantasía repiten
su inicio hacia el final del número. La segunda
columna de la tabla en la Tabla 3 muestra el re-
sultado de “limpiar” de los “Id de fantasía” estos
fragmentos repetidos, para evitar la parte redun-
dante. En dicha tabla fueron clasificados los Id
no redundantes según tuvieran pares de ceros en
su final o en su parte media, regularidad que fue
advertida al quitar la ‘cola’ o parte repetida de los
Id de fantasía completos.
Tabla 3.
Identicadores de Fantasía de la Ciudad de Bue-
nos Aires (Código de jurisdicción: 02).
     -
dor

removida la “cola”
107


5. Patrón de crecimiento
Para proseguir, se elaboran explicaciones posibles
respecto de la abundancia de números cero, así
como también sobre la variación en el ancho de los
dígitos.
Si nos dirigimos al padrón de establecimientos

de esa ciudad comienzan con los siguientes números
de cueanexo: 020000100, 020000200, 020000300,
   
020001000, 020001100.
Esta lista, al igual que la lista revisada anterior-
mente, presenta números crecientes y números con
‘abundancia de ceros’. ¿Podrá deberse esta coinci-
dencia a una transformación de números para obte-
ner otros, transformación que mantiene su carácter

En los casos incluidos en la tabla como ejemplo,
los cueanexo crecen en sus cifras inferiores de “cue”:

los números de anexo), vemos que los cueanexo cre-
cen linealmente a incrementos de uno: 0200001,
0200002, 0200003, etc. El crecimiento de los núme-
ros de Id de fantasía, en cambio, resulta más acele-
rado que el crecimiento de los cueanexo: mientras
que los cueanexo crecen de a una unidad, los Id de

orden de los millones al orden del billón.
Si mantenemos el supuesto de que uno es la
transformación numérica del otro, pero que crecen

de transformación numérica utilizada.
6. Multiplicación directa
La multiplicación es una operación matemática
 -
ro entero, tendrá dos ceros a la derecha), y que de
realizarse con un factor mayor a uno puede ampli-
       

el resultado de multiplicar los cueanexo. Para esto,

-

diferentes localidades, no encontrándose patrones o
coincidencias recurrentes en este sentido.
Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
7. Multiplicación parcial
En la Tabla 3 fueron colocados casos testigo de
-
   


casos, resultaba tan frecuente la presencia de do-
bles cero en los id de fantasía como lo era en los


 
-
cular, buscando otras relaciones, que como parte
de las transformaciones el cueanexo sea separado
en mitades e invertidas en su orden.
Por ejemplo, si tomamos 020001100, podría-
       -
tiplicar ambas por 2, teniendo como resultados
04000 y 2200, y luego juntarlas invirtiendo el or-
den: 22004000. Al hacerlo habría mantenido los
-
do a un valor que, de haber existido dígitos más
grandes, habría crecido también en ancho.
     
mitades e invertir el orden) produce el efecto que
  -
cadores de fantasía sean números mucho mayo-
res que otros. Si multiplicamos las mitades de un

podemos arribar a este tipo de variabilidad, dado

de dígitos) pueden tener órdenes de magnitud va-
riables. Por ejemplo, el número 020001100, sepa-

parte está en el orden de los miles). Pero el núme-
ro 020000100 podría descomponerse en 02000 y
0100, es decir, 02000 y 100… teniendo 100 un or-
den menos de magnitud que 1100.
¿Cómo evaluar si esta clase de multiplicación
de mitades tienen lugar en la construcción de
      -
-
tenación de la multiplicación de dos mitades por
un número igual, precisaríamos encontrar los di-
visores para ambas mitades. El procedimiento más
simple sería utilizar el mismo divisor para ambas
partes.
En la Tabla 4 podemos ver los números que

dos partes y con ceros centrales para reconocer la
108
delimitación entre las mitades de los resultados


-
les, por lo que vamos a suponer que corresponde a
la mitad derecha del cueanexo. Al mismo tiempo,
contamos con otra restricción, y es que estos divi-

Parte 2 comenzando con el código de jurisdicción

produzcan resto en ninguna de ambas partes, y re-

la búsqueda de posibles divisores.
En la Tabla 4 puede verse que, a diferencia de
lo ocurrido con la división simple, la búsqueda de
estos divisores arrojó valores compatibles con las
restricciones establecidas3.
Tabla 4.
Análisis del Id de fantasía y sus divisores (selección
de casos)
         

 
        
sin cola) también fueron creciendo los divisores

  
divididas) produjo números de 5 cifras, los que
concatenados generarían números de 10 dígitos
-
servarse la lista puede verse que en la totalidad de
-
ción ilustrativa de ellos) los números inicial y fi-
nal de las partes 1 y 2 divididas son siempre idén-

y la Parte 2 divida termina con 4, y lo mismo en
las demás filas). Esto sugiere que al producirse
Problemáticas en la difusión de datos educativos

dígitos del cueanexo se utiliza en ambas partes,
dejándolas con 5 dígitos.
8. Correlación del multiplicador con el final
del cuenaexo
Si se observa en la Tabla 4, se advierte otra re-
gularidad que también fue estable aumentado
el listado de casos: hay una correlación entre el
        

otro difieren siempre en 4 unidades: cuando los


        

Para verificar estas hipótesis, fueron selec-
      
muestran la estabilidad de las reglas reconocidos
para identificadores con ceros en el centro. A
partir de un divisor que permita comenzar con
02, no dar resto y finalizar en ceros, se obtienen
cifras con el formato de los cueanexo, y el divisor
es cuatro números mayor que los dígitos finales.
-
tener el Id de fantasía a partir del cueanexo), si el
cuanexo fuera 02013[12]00, deberían multipli-
carse ambas mitades por 12+4, es decir, por 16.
Tabla 5
Análisis parcial del Id de fantasía con ceros cen-
trales y sus divisores, segundo grupo
Elab. propia a partir de base usuaria de cargos,
2021.
En estos nuevos casos, los divisores se encon-
traron entre 15 y 23, manteniéndose los valores
109
coherentes con lo esperado a partir de las obser-
vaciones previas. Los números de cue fueron de
-
tancia de 4 con el divisor.
Con el fin de contrastar la aplicabilidad de
este esquema de cálculo, se realizó una validación
más extensa sobre 200 Identificadores con ceros
en el centro, y en todos los casos los resultados
fueron consistentes con lo hallado a partir de los
Identificadores seleccionados en las Tablas 4 y 5.
9. Identificadores con ceros al final
Ahora que tenemos una posible compren-
sión de cómo pudieron ser convertidos los iden-
tificadores que en sus resultados tenían ceros en

revisar los identificadores que tenían un formato


su rango, frecuencias y posibles divisores) parece-
ría adecuado considerar la hipótesis de que los ce-
ros finales se explicaran por haberse concatenado
las mitades sin invertir su ubicación original. En
estos casos, para hacer la separación en mitades,
vamos a considerar que la magnitud de las cifras
es similar a la tabla anterior, en la que las mitades
con ceros eran más ‘anchas’ que las mitades de
cifras sin ceros. Así, el número 1001700126063
 

primeras partes que tienen 5 dígitos, y segundas

Tabla 6.
Análisis del Id de fantasía y sus divisores para ca-
sos con ceros al final (selección de casos)
Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
Elaboración propia 
      -
sores que sin dejar resto puedan dividir la primera
parte para que su resultado comience con 02, y la
segunda parte termine con doble cero.
Al utilizar los números listados al inicio y buscar
los divisores que cumplieran con las reglas mencio-
nadas, el número encontrado fue 5 en todos los ca-


-

-

Sin embargo, cabe señalar que ahora la distancia


Es decir, en los casos de la Tabla 4 se concatenaron

cueanexo más cuatro; en estos casos, los valores se
concatenaron en forma directa y sumaron al cue
una unidad para construir el multiplicador.
Para llevar el procedimiento a más casos, busca-
-


En la Tabla 7 se presenta una segunda selección de

relación de +1 entre el divisor y los últimos dígitos
del cueanexo.
110
Problemáticas en la difusión de datos educativos
Tabla 7.
Análisis parcial de identicadores de fantasía y sus
divisores para más casos, con ceros al nal

de Escuelas 2021.
En síntesis, encontramos para este segundo
formato valores de cueanexo de entre 0 y 10,
que produjeron multiplicadores entre 1 y 11, y
que dieron lugar a números armados a partir de
concatenar la primera parte primero y la segunda
parte después. Esto tiene una lógica similar a lo
observado para los identificadores con ceros en
el centro, diferenciándose la distancia entre los
-
sidad de invertir o no las mitades antes de unirlas.
10. Verificación de resultados
Con este conjunto de transformaciones posibles
entre un identificador de fantasía y un cueane-
xo, resta realizar una verificación más exhaustiva
para evaluar si este procedimiento aparea los ele-
mentos correctos. Es decir, no solamente se pue-
de obtener un número compatible con la forma
de un cueanexo y su jurisdicción a partir de un
identificador de fantasía o viceversa, sino que el
número obtenido sea en efecto el utilizado por
el Ministerio de Educación para identificar cada
establecimiento. Para poner esto en práctica, se
implementó un procedimiento de cálculo de
identificadores de fantasía a partir de cueanexos,


6 y 7) forman un número mayor a 10, se utili-
zan los pasos de transformación descritos en la
111
parte superior del diagrama: separar en mitades
y multiplicar cada mitad por la base más cuatro,
e invertir el orden del resultado. En cambio, si la
base es igual o inferior a 10, se multiplica las mi-


      
los repite y se retiene los primeros 15 dígitos.
Figura 1
Diagrama de transformaciones y condiciones
para la construcción de un identificador de fanta-
sía (15 dígitos) a partir de un cueanexo (9 dígitos)
Elaboración propia a partir de análisis de identi-
ficadores.
Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
-
tasía hipotético consistió en unir una base de datos
de establecimientos con cueanexos con una base
        
-
miento. Esto era útil debido a que hay atributos en
-
blico], el ámbito [rural/urbano] o la jurisdicción),
los cuales debían coincidir en todos los casos si los

        
        
sector de los establecimientos según ambos listados

de fantasía producido con el procedimiento de la
.
En todos los casos (21.161 establecimientos)
el sector atribuido por el procedimiento fue co-
rrecto, lo que parece satisfactorio para considerar
que la asignación fue adecuada de los identica-
dores con los cueanexo.
Al realizar esto en el total de provincias, se
puso de manifiesto la necesidad de una regla
adicional, y era que a partir del cueanexo 10000
         
500010000) todos los casos eran tratados como

procedimiento de la base más cuatro).
Tabla 8.
Escuelas de educación estatal del Relevamiento
anual de escuelas 2018 apareadas con estableci-
mientos del Mapa Educativo 2018 según recons-
trucción de identificadores de fantasía (selección
de jurisdicciones).
112
Incorporada esta condición, los resultados
calculados para todas las jurisdicciones del país a
partir de la información del padrón de estableci-
mientos fue coincidente con la información dis-

identificador de fantasía). Es decir, que luego de
tomar el cueanexo de cada establecimiento del
Mapa Educativo 2018, transformarlo para cons-
truir un identificador de fantasía, y comparar los

registro que tiene ese identificador en el Releva-
miento anual de escuelas, el nivel de coincidencia
fue exacto en el total de los establecimientos. Por
tratarse de la coincidencia plena de decenas de
miles de variables dicotómicas sucesivas, conside-
ramos esto una prueba razonable de haber dado
con el procedimiento original .
Tomando esto en cuenta, para facilitar la re-
plicabilidad del trabajo realizado se detalla en la

de la función resultante para calcular los identi-
ficadores de fantasía a partir de los cuenaxo de
establecimiento.
Problemáticas en la difusión de datos educativos
Figura 2.
Implementación en Python del procedimiento de
transformación de identificadores de estableci-
mientos educativos*
113
Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
114
Conclusiones
Esta investigación tuvo como objetivo revisar
el estado de situación respecto a la publicación de
datos educativos por parte de la Secretaría de Eva-
luación e Información Educativa del Ministerio
de Educación de la Nación. Repasemos los resul-
tados a la luz de la información conocida y de las
dimensiones analizadas.
       -
ciones de la Agencia de Acceso a la Información
Pública, el Ministerio de Educación podría dar
cumplimiento a los lineamientos legales que son
de carácter obligatorio en la gestión pública desde
el año 2016, y difundir información sintética de

docentes, de aulas) sin arriesgar su integridad ni la
privacidad de sus alumnos. En virtud de lo dicta-
minado por la Agencia de Acceso a la Información
Pública, sería deseable también poder difundir
métricas referidas al rendimiento escolar en forma

      
de disparidad de los servicios educativos. Adicio-
nalmente, cabe considerar si algunas de las 763
columnas que el ministerio distribuye como parte
del relevamiento anual de escuelas pueda mante-
nerse en reserva, por no tener utilidad estadística o


Lo que el Ministerio de Educación a través de
la Secretaría de Evaluación e Información Educa-
tiva hace, en cambio, es distribuir la información


por alumno), sin indicación de a qué municipio o
escuela pertenece cada registro. Al hacerlo, sostie-

atributo de municipio), y que se encuentra ade-
cuadamente protegida para realizar totales a nivel

Sin embargo, hemos mostrado que a partir de
un análisis relativamente simple es posible replicar
el esquema de cifrado utilizado. En consecuen-
cia, se concluye que la Secretaría de Evaluación e
Información Educativa expone información que
      -

lugar de publicar variables relevantes a los especia-
listas en forma abierta y resguardar aquellas que
podrían ser privadas, se publican todas sin una
protección efectiva.
La información es un derecho, al igual que
la privacidad, y las prácticas vigentes que de ma-
nera discrecional mantienen oculta información

    
los datos no están accesibles, y al mismo tiempo,
no están seguros.
       -
resados en usar los datos para comprender mejor
la realidad educativa los accedan sin restricciones
arbitrarias, y que los responsables de producir y
facilitar información tengan como prioridad abrir
canales para su uso y difusión.
Escuchar propuestas sobre cómo podría dis-
ponibilizarse la información de maneras útiles y
transparentes sería un primer paso en un camino
que nos ayude a salir de la precariedad con que se
organiza el acceso público a la información estatal
educativa en Argentina. Propiciar que equipos de
   
estadísticas, puedan tomar la palabra y permitir
que la oscuridad y la discrecionalidad dejen de ser
la manera de facto de llevar la cosa pública en tér-
minos de difusión de datos y de acceso a informa-
ción crucial y necesaria.
Los resultados obtenidos muestran que es de
vital importancia que la información estadística
sea producida y circulada a partir de estándares
conocidos y de prácticas abiertas, donde la comu-
nidad de usuarios sea protagonista de una trans-
formación en el acceso a la información educativa
del país.
Problemáticas en la difusión de datos educativos
115
Notas
¹ 

² 
privada en el último año de secundario lograron alcanzar niveles satisfactorios o avanzados en matemática,


³ 


de resultados.

era coincidente debido a errores en la información del Mapa Educativo, el cual publicaba como pertenecientes al
sector público a establecimientos que, al investigarlos a partir de su nombre y su domicilio, eran de gestión privada,
por lo que se corrigió el sector en estos 6 casos y se realizó nuevamente el conteo de coincidencias.
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validación, control que no se incluyen aquí por razones de espacio.
Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)
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Referencias
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Pública. Reclamo Magioncalda al Ministerio de Educación de la Nación. https://www.argentina.gob.ar/sites/
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público, 1, 11-42.
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cronista.com/economia-politica/el-salario-inicial-docente-es-la-mitad-del-minimo-para-no-ser-pobre/.
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Enforcement Through Generalization and Suppresion. In, Proceedings of the IEEE Symposium on Research in
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Problemáticas en la difusión de datos educativos
ISSN: 2362-3349
Cita sugerida: 
Problemáticas en la difusión de datos educativos.
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Argentina. Revista de la Escuela de Ciencias de
la Educación, 1 (20), 100-117.
Recibido: 22 de febrero de 2024
Aprobado: 26 de junio de 2024
Publicado: 1 de enero de 2025
Facultad de Humanidades y Artes - UNR
117
Revista de la Escuela de Ciencias de la Educación - 2025, 1(20)